Textos 2019 · 14 marzo, 2021

De lo jurídico a lo expresivo: Sentencia

Compositora: Melissa Vargas.

Año de composición: 2009.

Formato: Ensamble vocal sin acompañamiento y director(a).

La obra Sentencia, de la compositora, intérprete, pedagoga e improvisadora sogamoseña Melissa Vargas, es una composición musical escrita para dos cantantes, dos lectores y un director. En ella, Vargas usa los textos de las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos frente a los casos de las masacres de Pueblo Bello, Mapiripán y La Rochela para construir musicalmente un relato del conflicto armado colombiano (Museo de Memoria Histórica de Colombia, 2018). El presente texto busca, en primera instancia, describir lo que ocurre dramática y musicalmente en la obra; esto, con el fin de entender la relación de los textos, y la narración jurídica detrás de ellos, con lo que ocurre en el plano sonoro. Sin embargo, para entender estas relaciones entre lo estético y lo histórico, se hace necesario establecer primero el contexto de la obra y sus dos grandes partes: (1.) el contexto de los hechos narrados en las sentencias y (2.) el contexto de la artista y su proceso compositivo en esta obra específicamente. Finalmente, a través del análisis histórico, estético y musical de la obra, se pretende evidenciar su función social (si realmente la hay) con respecto a la guerra en Colombia y a la construcción colectiva de memoria.

Entre finales de los años 80 y durante los años 90, una ola de hechos violentos ocurrió en el marco del conflicto armado colombiano. A manos de grupos paramilitares de diferentes regiones y denominaciones, cientos de campesinos y civiles inocentes fueron desaparecidos, torturados y asesinados. Numerosos casos de violencia paramilitar han sido registrados, entre ellos las masacres de La Rochela en 1989, Pueblo Bello al año siguiente y Mapiripán en 1997. Estas tres masacres, si bien fueron efectuadas por grupos armados al margen de la ley, llevaron al Estado colombiano a ser condenado por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Esta institución judicial autónoma  está encargada de interpretar y aplicar lo estipulado en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en la cual se incluye denunciar y juzgar las violaciones a los derechos humanos (Corte Interamericana de Derechos Humanos, 1979). En el caso de La Rochela, el Estado fue condenado ya que varios miembros de la fuerza pública estuvieron involucrados en los hechos (Rutas del conflicto, 2018). Para la masacre de Pueblo Bello, la Corte condenó al estado por la falta de presencia estatal en la zona (Centro Nacional de Memoria Histórica, 2015), y por Mapiripán la condena fue por  la colaboración entre miembros del Ejército colombiano y los integrantes de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) en la masacre (Rutas del conflicto, 2018). Las sentencias usadas por Melissa Vargas en esta obra son el registro público de estos juicios.

La compositora cuenta que, durante su época universitaria a finales de los 90 y comienzos del 2000, fue cercana a distintos movimientos estudiantiles y estuvo inmersa en el cuestionamiento a distintos asuntos políticos y estatales. Este interés y contacto con movimientos “revolucionarios” permitió que conociera la música asociada a ellos, como himnos cubanos y música protesta, entre otros. Para Vargas, ver el uso de estilos musicales muy tradicionales y populares que, a su criterio, nada tenían de “revolucionario”, en música que buscaba ser crítica políticamente, era una contradicción estética. Esto la inspiró a componer Sentencia no sólo usando textos de alto contenido político, como ya se hacía en las letras de la música protesta, sino también desde una línea estética igualmente crítica ante la tradición. Es por esto que Sentencia se puede inscribir en la denominada “música contemporánea”; ésta contiene aspectos tímbricos, melódicos y rítmico-armónicos ligados a la tradición musical académica del siglo XX, es decir música de vanguardia, poco asociada a lo popular. Así mismo, el formato instrumental de Sentencia buscaba salirse del uso habitual académico de las voces, especialmente coros, que está estrechamente ligado a las misas de Réquiem y las cantatas por las víctimas y la paz (Vargas, 2017). Fue su intención de hacer una obra íntegramente crítica y revolucionaria, tanto en lo socio-político como en lo musical, lo que resultó en la composición de Sentencia.

Además de los aspectos musicales que se trabajan usualmente, como la melodía, el ritmo y la armonía, Sentencia tiene características dramáticas, espaciales y textuales. Las características dramáticas se evidencian en la interpretación de las sentencias por parte de los lectores, al recitarlas de tal manera que pasan a ser narraciones emotivas, no sólo fríos registros jurídicos de las masacres. Respecto a lo espacial, Vargas genera una atmósfera de confusión al hacer que los intérpretes cambien su ubicación en el escenario durante la obra, según lo indica el director en el momento. Al no mantener las fuentes sonoras en un lugar estable, el espectador tiene la impresión de estar rodeado de más sonidos de los que realmente hay, que a su vez chocan, desaparecen y reaparecen en otro lado, se ven interrumpidos unos por otros, etc. Estas interacciones entre los sonidos emulan el conflicto armado y la violencia ejercida por los paramilitares, en el caso de estas masacres. Además de eso, la textura confusa y abrumadora que se genera por momentos entre las voces es un reflejo del aturdimiento que sintió la artista al conocer y documentarse sobre estos hechos (Vargas, 2017). A lo largo de la primera década del 2000, debido a los juicios al Estado por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en los medios de comunicación masivos se divulgaban los datos más impactantes de estas masacres. Es probable que muchos de los que ya eran jóvenes o adultos en ese momento sintieran esa misma clase de aturdimiento del que habla la artista.

En lo que concierne a la relación directa entre lo textual y lo musical, Sentencia presenta un tratamiento muy completo. A lo largo de la obra, se usa todo tipo de información presente en las sentencias, desde la general y estadística, hasta lo más específico y personal. A través de usar dos planos sonoros, uno con los lectores y otro con los cantantes, Vargas establece un diálogo entre el uso narrativo y emotivo de los textos. La recitación del testimonio de víctimas, victimarios, testigos y el fallo jurídico, por parte de los lectores, refleja la función narrativa del texto. Hay momentos en que los lectores están solos, dándole a entender al espectador que lo que debe hacer es escuchar los testimonios de la guerra. En los cantantes, la repetición de melodías o gestos vocales como gritos o susurros sobre palabras importantes de las sentencias, sirve para expresar la gravedad de lo ocurrido y para generar recordación en la audiencia, recurriendo así al “efecto sensibilizador” (Sierra, 2014) del arte en relación con el conflicto. Algunas de las palabras gritadas incluían número de muertos en las masacres, nombres de las víctimas, parentesco entre víctimas y testigos, entre otros (Vargas, 2009). Así, Vargas le da relevancia y urgencia al conocimiento de la especificidad de cada masacre, a ver que cada muerto es una persona, no sólo un número más en la historia del conflicto colombiano. También se le asignan melodías memorables, solemnes y oscuras a los nombres de los lugares donde ocurrieron las masacres, para no permitir al oyente olvidarlos al salir del concierto.

Sentencia es una obra que ayuda a la construcción de memoria de manera colectiva, ya que no se queda con una sola perspectiva, sino que toma como punto de partida  los testimonios de los diferentes agentes del conflicto. Es a partir de las historias de víctimas y victimarios, de testigos y de criminales, de familiares dolidos y de jueces imparciales, que Vargas busca narrar una historia detallada de las masacres paramilitares en Colombia durante los años 80 y 90. Además, al usar estas sentencias en el arte, Vargas nos recuerda que se trata de documentos públicos que están al alcance de la población colombiana. De esta forma, su obra nos impulsa a ver los fallos judiciales como más que escritos sin mayor trascendencia fuera del marco legal. Nos propone pasar a verlos como parte de la historia del país y, por ende, como una narración que nos compete a todos como pueblo colombiano. Adicionalmente, la artista cuestiona qué tan pertinente y coherente es hacer arte con un mensaje transformador o “revolucionario”, si los medios estéticos que se usan para ello no son, en sí mismos, transformadores y “revolucionarios” también. ¿Tiene el artista la responsabilidad de ser estéticamente coherente con lo que quiere decir con respecto a lo social y político? ¿Impulsar el cambio social implica necesariamente alejarse de la tradición popular en las artes?

Sara González Salamanca

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Referencias

Centro Nacional de Memoria Histórica. (2015). En Pueblo Bello cambiaron vacas por gente. Recuperado de http://www.centrodememoriahistorica.gov.co/noticias/noticias-cmh/en-pueblo-bello-cambiaron-vacas-por-gente

Corte Interamericana de Derechos Humanos. (1979). Estatuto de la Corte IDH. Recuperado de http://www.corteidh.or.cr/index.php/acerca-de/estatuto

Museo de Memoria Histórica de Colombia. (2018). Sentencia. Recuperado de http://museodememoria.gov.co/arte-y-cultura/sentencia/

Rutas del conflicto. (2018). Masacre de La Rochela. Recuperado de http://rutasdelconflicto.com/interna.php?masacre=168

Rutas del conflicto. (2018). Masacre de Mapiripán 1997. Recuperado de http://rutasdelconflicto.com/interna.php?masacre=88

Sierra, Yolanda. (2014). Relaciones entre el arte y los derechos humanos. Revista Derecho Del Estado, n.º 32. Universidad Externado de Colombia.

Vargas, Melissa. (2017). El caso de Sentencia, ¿cómo articular música, conflicto y memoria?. Ponencia en el Centro Cultural de la Memoria Haroldo Conti. Buenos Aires, Argentina.

Vargas, Melissa. (2009). Sentencia. [Partitura gráfica y textos].